OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2000
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
BOCYL 5 de mayo de 2000
DECRETO 94/2000, de 4 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2000.
El artículo 18.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, precepto básico según dispone el artículo 1.3 de la misma Ley, establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de Oferta de Empleo Público.
Las incorporaciones de nuevos efectivos vienen delimitadas por el marco económico establecido en las leyes de presupuestos generales, tanto de la Comunidad de Castilla y León como del Estado. Dentro de nuestro ámbito el artículo 20.3 de la Ley 7/1999, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2000 dispone que, durante el ejercicio del 2000, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se regularán, en cuanto a su número, por la legislación básica del Estado. Así, el artículo 21.1 de la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000, en su primer párrafo establece que, durante el año 2000, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal del sector público se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. En todo caso, indica, el número de plazas de nuevo ingreso deberá ser inferior al 25 por 100 de la tasa de reposición de efectivos. Por otra parte, el mismo artículo 21.1 «in fine» determina que, no obstante lo dispuesto en el párrafo primero, las Administraciones Públicas podrán convocar los puestos o plazas que, estando presupuestariamente dotados e incluidos en sus relaciones de puestos de trabajo, catálogos o plantillas, se encuentren desempeñados interina o temporalmente.
Considerada la Oferta de Empleo como un instrumento de programación de las necesidades de personal y de racionalización del empleo público, al presente Decreto corresponde autorizar la convocatoria pública de aquellas plazas estimadas prioritarias que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del marco, criterios y límites marcados por la normativa citada, y de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
En su virtud, conforme dispone en el artículo 10.2.j) de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previo informe del Consejo de la Función Pública y deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 4 de mayo de 2000,
DISPONGO:
Artículo 1.-En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública, y en los artículos 20.3 de la Ley 7/1999, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2000 y 21.1 de la Ley 5411999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000, se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2000, en los términos que se establecen en este Decreto.
Artículo 2.-La presente Oferta de Empleo Público, incluye,
para su provisión, las necesidades de recursos humanos con asignación
presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal
existentes, con el siguiente detalle:
Anexo 1: Plazas de Cuerpos y Escalas de funcionarios incluidos en el
ámbito de aplicación de la Ley de Ordenación de la
Función Pública de la Administración de Castilla y
León.
Anexo II: Plazas de Personal Laboral incluido en el ámbito de
aplicación de la Ley de Ordenación de la Función Pública
de la Administración de Castilla y León.
Anexo III: Plazas de Cuerpos Docentes.
Artículo 3.-Al objeto de potenciar la promoción interna
concebida en su doble vertiente de instrumento, de cobertura de vacantes
y de fomento de las expectativas profesionales del personal al servicio
de la Administración, así como de incremento de su capacidad
de trabajo y de sus niveles de motivación e integración,
podrá reservarse a estos efectos en cada convocatoria el número
de vacantes que se considere oportuno.
Las vacantes de promoción interna que resulten desiertas se
acumularán a las ofrecidas a los aspirantes del turno libre.
Artículo 4.-De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo Público serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, reservándose para el acceso de aquellas personas que tengan la condición legal de minusválidos un porcentaje no inferior al 5 por 100 de las vacantes de la oferta global, según dispone el artículo 3.2 del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
La distribución de esta reserva global por Cuerpos y Escalas de funcionarios y Categorías de personal laboral se efectuará en las respectivas convocatorias de pruebas selectivas.
A tales efectos, los tribunales de las pruebas selectivas podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia.
Artículo 5.-Las pruebas selectivas correspondientes a las plazas de personal laboral que figuran en el Anexo II habrán de referirse a puestos que, conforme al artículo 4.2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, puedan ser desempeñados por personal laboral, y por lo tanto, no estén afectados por la disposición transitoria segunda de dicho texto legal.
Artículo 6.-Durante el año 2000 no se procederá al nombramiento de personal interino, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, con autorización conjunta de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Economía y Hacienda y de conformidad con el procedimiento normativamente establecido. La mencionada autorización conjunta podrá efectuarse de forma global en el caso de los procedimientos de nombramiento de personal interino para los puestos de trabajo de carácter sanitario que se estimen oportunos.
Artículo 7.-La presente Oferta de Empleo Público, junto
con las plazas comprometidas a través de ofertas anteriores pendientes
de adjudicación, sin incrementar los efectivos, supone la cobertura
de puestos o plazas que, estando presupuestariamente dotados e incluidos
en las relaciones de puestos de trabajo, se encuentran ocupados interina
o temporalmente, con excepción de los correspondientes al personal
sanitario, al objeto de posibilitar los procesos de consolidación
de empleo temporal o sustitución de empleo interino.
El personal interino o temporal a que se refiere el párrafo
anterior cesará automáticamente cuando el puesto de trabajo
sea cubierto definitivamente o, en su caso, cuando se incorpore el titular
sustituido o finalice el contrato.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.-Las convocatorias de las pruebas selectivas para acceso a los
Cuerpos, Escalas y Categorías profesionales según Anexos
I y II, se ajustarán a lo dispuesto en la Ley de Ordenación
de la Función Pública de la Administración de la Comunidad
de Castilla y León y en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por
el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión
de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración
de la Comunidad de Castilla y León.
Las convocatorias relativas a los Cuerpos docentes, Anexo III, se regularán
por la legislación básica en la materia y se aplicará
la normativa citada en el párrafo anterior en lo que no contradiga
la misma.
Segunda.-Corresponde al Consejero de Presidencia y Administración Territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2.k) de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León, la convocatoria de las respectivas pruebas selectivas, a propuesta de las correspondientes Consejerías, estableciendo las bases, programas y contenido de las mismas.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 4 de mayo de 2000.
El Presidente,
Fdo.: JUAN JOSE LUCAS GIMENEZ
El Consejero de Presidencia y Administración Territorial,
Fdo.: JESUS MAÑUECO ALONSO
ANEXO 1
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS, ADMINISTRACION GENERAL
Grupo A:
Cuerpo Superior de Administración ...10.
Cuerpo Superior de Administración, Escala de Letrados ... 3
Grupo C:
Cuerpo Administrativo ................ 10
Grupo D:
Cuerpo Auxiliar ........................... 40
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS, ADMINISTRACION ESPECIAL
Grupo A:
Cuerpo Facultativo Superior (Ingenieros Agrónomos) .... 3
Cuerpo Facultativo Superior (Arquitectos) ..... 3
Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) .......... 2
Grupo B:
Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo:
Ingenieros Técnicos Agrícolas ............. 5
Ingenieros Técnicos Obras Públicas ......................
4
Ayudantes de Biblioteca . ................ 2
Ayudantes de Archivos .......................... 2
Ayudantes de Museos ............................ 2
Asistentes Sociales ............................. 2
Total de plazas de personal funcionario: 88.
ANEXO II
PERSONAL LABORAL
Grupo I: ........... 21
Grupo III: ......... 29
Grupo V. .......... 22
Total de plazas de personal laboral: 72.
ANEXO III
CUERPOS DOCENTES
Profesores de educación secundaria
Filosofía .................................... 12
Latín ............................................ 5
Lengua castellana y Literatura .. 25
Geografía e Historia ................... 19
Matemáticas .. ........................... 24
Física y Química ......................... 5
Biología y Geología ................... 16
Dibujo ........................................ 13
Francés ....................................... 19
Inglés ............................................ 8
Música ...................................... 33
Educación Física ..................... 16
Psicología y Pedagogía ............ 30
Tecnología ................................ 73
Economía ................................ 19
Administración empresas ........ 11
Formación y orientación Laboral .. 17
Informática .................................. 8
Intervención sociocomunitaria ... 5
Organización y gestión comercial .. 5
Organización y procesos mantenimiento de vehículos .......
6
Organización proyecto fabricación mecánica .....
9
Procesos sanitarios ..................... 5
Sistemas electrónicos ................ 6
Sistemas electrónicos y automáticos ......... 6
Total de plazas C. docentes: 395.